04/08/2016: Funcionarios anunciaron movilizaciones por no pago de beneficios de la Ley Nº 20.922
ARAVENA RESPONDE A LA ASEMUCH PANGUIPULLI Y ASEGURA QUE “MIS ANTIGUOS ADVERSARIOS POLÍTICOS ME QUIEREN HACER PISAR EL PALITO”

René Aravena Riffo, Alcalde Panguipulli.

04/08/2016
Este mediodía, mediante declaración pública, el Alcalde René Aravena Riffo respondió a la Asociación de Funcionarios Municipales de Panguipulli, quienes ayer manifestaron “su más absoluto  malestar y preocupación, por el incumplimiento  de parte del señor Alcalde don René Aravena Riffo, de la cancelación efectiva de los beneficios presentes en la Ley Nº 20.922, publicada en el Diario Oficial, con fecha 25 de mayo de 2016”, razón por la cual formularon un llamado a Aravena a que si “no se revierte su posición, durante la próxima semana, la ASEMUCH Panguipulli iniciará un proceso de movilización ascendente e irreversible”,  aseguraron en una declaración pública. En la oportunidad, los dirigentes confirmaron que las acciones contemplan la paralización de funciones, la que no descartaron hacer efectiva la próxima semana.

 
Aravena,  en su respuesta a la Asemuch Panguipulli, junto con lamentar "que de manera tergiversada y absolutamente apartados de la realidad, quieran los dirigentes de Asemuch armar un conflicto claramente artificial, que más que defender intereses funcionarios constituyen un ataque desproporcionado con claro trasfondo político", aseguró que “mis antiguos adversarios políticos me quieren hacer “pisar el palito”, aseveró.

DECLARACION PÚBLICA
ALCALDE DE PANGUIPULLI

Mis antiguos adversarios políticos me quieren hacer “pisar el palito”.

Dos ex candidatos a alcalde para el próximo periodo quieren que incurra en malversación de fondos, para después acusarme.  Cabe recordar que en dos oportunidades concejales me han acusado de aquello sin fundamentos para sus pretensiones.
 
Estimados Funcionarios y comunidad

Como Alcalde de la comuna y jefe superior del servicio, ante la injusta declaración que publicara la directiva de Asemuch, hoy en los diarios electrónicos  de la comuna,  me hago un deber aclarar a mis siempre bien valorados funcionarios y estimada comunidad, lo siguiente:
 
Lamento que de manera tergiversada y  absolutamente apartados de la realidad, quieran los dirigentes de Asemuch armar un conflicto claramente artificial,  que más que defender intereses funcionarios constituyen un ataque desproporcionado  con claro trasfondo político que pretende enlodar mi imagen, primero ante ustedes los funcionarios y también ante la ciudadanía.

Los funcionarios saben y así lo he demostrado,  mi conducta siempre ha sido y será pro funcionario, siempre y cuando no se transgredan la normativa legal vigente ni el interés público por sobre el privado.
 
Argumentan estos dirigentes que el Alcalde que suscribe está incumpliendo por no haberles pagado efectivamente los beneficios contemplados en la ley, sin embargo, hacen caso omiso a las disposiciones de la propia ley 20.922, que en los artículos que paso a citar dispone los siguiente:
 
Artículo Sexto Transitorio, inciso segundo: “La subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior y Seguridad  Pública, mediante resolución, que será visada por la Dirección de Presupuesto del Ministerio de Hacienda, anualmente determinará los montos que a cada Municipalidad corresponda. Dicha resolución dispondrá primeramente el financiamiento en su totalidad del incremento de grados dispuesto en los artículos primero segundo y tercero transitorios. El remanente que resulte luego de financiar el mencionado incremento se destinara al pago de las otras asignaciones y bonos otorgados en esta ley. Para determinar los montos correspondientes a cada municipalidad  se ordenaran éstas de acuerdo al mayor gasto en personal que origine el pago de las aludidas asignaciones, distribuyendo los recursos disponibles desde menor a mayor gasto hasta su total distribución.
 
Artículo Sexto Transitorio, inciso séptimo: “ Las municipalidades sólo podrán destinar los citados fondos aportados a financiar el mayor gasto determinado por la aplicación del Artículo 1° y de los artículos primero, segundo,  tercero, octavo u undécimo  transitorios de la presente ley”.

Artículo Sexto Transitorio, inciso final: “La no destinación de los fondos transferidos a los fines a que se refiere el inciso anterior será sancionada de acuerdo a las penas establecidas en el artículo 236 del Código Penal” Este artículo indica los siguiente “El empleado público que arbitrariamente diere a los caudales o efectos que administre una aplicación pública diferente de aquella a que estuvieren destinados, será castigado con la pena de suspensión del empleo en su grado medio, si de ello resultare daño o entorpecimiento para el servicio u objeto en que debían emplearse, y con la misma en su grado mínimo, si no resultare daño o entorpecimiento.

Artículo octavo Transitorio, inciso final: Los bonos señalados anteriormente se pagarán en una sola cuota, solo a quienes se encuentren en funciones en el momento del pago. Para dicho efecto, las Municipalidades deberán remitir a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo toda la información referente a lo dispuesto en las letras a) y b) precedentes, dentro del mes subsiguiente a la publicación de esta ley.

Como se puede apreciar de la sola lectura de los citados artículos queda claro en primer término que se debe esperar a que la Subdere dicte las  resoluciones y que envíe los recursos respectivos.

Si pagásemos antes de que lleguen las platas de la Subdere, ¿cómo podríamos cumplir con destinar los fondos que en su oportunidad lleguen a un fin que ya estaría cumplido? En este caso al destinar esos fondos a otro fin se  configuraría  el delito de malversación de fondos públicos y para que ello no ocurriese tan solo  nos quedaría devolver dichos fondos a la Subsecretaria. Sin embargo, no podemos sacrificar esos dineros, sobre todo pensando en el uso alternativo que tienen en beneficio de la comunidad.

La única forma de poder adelantar el pago de los beneficios sería que Contraloría mediante un dictamen emitiera un pronunciamiento en dicho sentido. Al respecto cabe hacer presente que se encuentra oficialmente solicitado por parte de este alcalde dicho pronunciamiento al organismo contralor.

Por otra parte, para poder dar cumplimiento a dicho adelanto en el hipotético caso que contraloría así lo permitiera, recién ahí deberíamos analizar nuestra disponibilidad financiera, la que como todos saben gracias al eficiente manejo financiero nos permite asumir responsablemente nuestros  compromisos,  hoy no figura entre ellos adelantar beneficios a los funcionarios en desmedro de nuestra comunidad. Los fondos para el pago de dichos beneficios son responsabilidad del estado y sólo nos queda esperar a que este cumpla con ello.

Como se puede apreciar nunca ha estado en el ánimo de este alcalde incumplir antojadizamente disposiciones legales en favor de los funcionarios. El día que lleguen las remesas de la Subdere serán pagados todos los beneficios que esta ley otorga a cada uno de ustedes.  Dicho sea de paso cada día que pasa más cantidad de dinero acumulan los funcionarios para cuando lleguen las remesas.
 
Por último hago un llamado a los funcionarios a no dejarse engañar por dichos de otras personas y sean ellos mismos los que ante una duda consulten la ley y hagan un análisis en conciencia de la situación.
 

RENÉ ARAVENA RIFFO
ALCALDE DE PANGUIPULLI

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